Cálculo del Impuesto de Sociedades

De los diferentes impuestos existentes, el Impuesto de Sociedades es aquél tributo que grava la renta de las empresas y personas jurídicas que operan en España. Ahora bien, ¿cómo se calcula este impuesto?

Vamos a conocer la forma de calcularlo a continuación.

Tipo de gravamen que le corresponde a cada compañía

En primer lugar, debemos conocer el tipo de gravamen que le corresponde a nuestra empresa. Según el tipo de compañía al que pertenezca tendrá un tipo de gravamen u otro:

  • Para todas las sociedades y entidades: el tipo general de gravamen del 25%.
  • Para empresas de nueva creación: el tipo de gravamen del 15% durante sus dos primeros años de andadura.
  • Para cooperativas: el tipo de gravamen del 25%, quedando excluidas las cajas rurales y las cooperativas de crédito.
  • Para asociaciones y fundaciones: el tipo de gravamen del 10%, englobando a las sociedades de utilidad pública a las que se aplica el Régimen Fiscal de Entidades sin Fines Lucrativos.
  • Para sociedades de inversión: el tipo de gravamen del 1%, incluyendo a aquellos fondos de inversión, sociedades de inversión inmobiliaria y de inversión de capital variable que cumplan los requisitos necesarios.

¿Cómo podemos calcular el Impuesto de Sociedades?

Con este dato en la mano, para calcular el Impuesto de Sociedades debemos conocer la base imponible, y para ello necesitamos el resultado contable del año. Lo conseguiremos obteniendo la diferencia entre los ingresos y los gastos de la compañía en el año en cuestión.

Al resultado contable del año le restaremos aquellos ingresos exentos de pago a Hacienda, como donativos, subvenciones o cuotas de sociedades; y añadiremos aquellos gastos que no son deducibles. La cifra resultante será nuestra base imponible, con lo que podemos pasar al siguiente punto.

Multiplicaremos la base imponible por el tipo de gravamen que le corresponde a nuestra compañía, y el resultado será la cuota íntegra, a la que le aplicaremos las deducciones y bonificaciones que corresponden por ley para obtener nuestra cuota líquida.

Ahora debemos obtener la cuota diferencial. Para ello, las reducciones por entidades no lucrativas que correspondan, las retenciones y deducciones por inversiones de la empresa se las restaremos a la cuota líquida que hemos obtenido antes.

Si la cifra que obtenemos finalmente como cuota diferencial es positiva, la obligación de nuestra empresa será ingresar la cantidad resultante. Y si por el contrario el resultado es una cuota diferencial negativa Hacienda devolverá a la empresa dicha cantidad.

Ejemplo práctico de cálculo del Impuesto de Sociedades

Vamos a ver un caso práctico de cómo se calcula el Impuesto de Sociedades.

Imaginemos que nuestra compañía es una cooperativa cuya base imponible es de 20.000 euros. Bien, sabiendo que a las cooperativas se les aplica un gravamen del 25%, multiplicaremos este porcentaje por la base imponible, dándonos como resultado nuestra cuota íntegra: 5.000.

A continuación, a esta cuota íntegra le aplicaremos las deducciones y bonificaciones pertinentes. Supongamos que suman entre todas la cantidad de 1.600 euros. Nuestra cuota líquida será entonces de 3.400 euros.

Suponiendo que debemos aplicar unas retenciones y pagos a cuenta de 3.000 euros que restamos a la cuota líquida, obtenemos un total de 400 euros. Resultando positiva, esta es la cantidad que deberemos ingresar en concepto de Impuesto de Sociedades.

A continuación podemos ver el cálculo desglosado para este ejemplo:

Base imponible: 20.000 €

(x) tipo de gravamen: 25% €

Cuota íntegra: 5.000 €

(-) deducciones y bonificaciones: -1.600 €

Cuota líquida: 3.400 €

(-) retenciones y pagos a cuenta: 3.000 €

Cuota a ingresar o devolver: 400 €