Pensión de orfandad

Cuando una persona fallece y deja a hijos o hijas sin capacidades económicas, estos podrán cobrar una pensión de orfandad para poder subsistir durante un determinado tiempo.

La pensión de orfandad hace referencia a aquella pensión que es otorgada a los hijos o hijas menores de edad o adolescentes menores de 21 años que se han quedado sin padres y no pueden hacerse cargo por sí solos de su capacidad económica (debido a su edad).

En cuanto al acceso a este tipo de pensión, será muy variado dependiendo del tipo de orfandad que encontremos. Así pues, tenemos los siguientes casos:

  • Que la persona sea menor de 21 años, o que sea mayor a dicha cantidad pero que presente un cierto grado de discapacidad.
  • En casos de orfandad absoluta, la edad máxima es de 25 años en el caso de que esta persona no trabaje (o si lo hace cobre menos a lo establecido en el SMI, Salario Mínimo Interprofesional). Si estudia y cumple 25 años, se observará la orfandad hasta el mes posterior que entre en vigor el nuevo curso académico.
  • En cuanto a orfandad simple, si la persona es huérfana y no trabaja (o si lo hace, recibe menos a lo establecido en el SMI), el límite se sitúa en los 25 años. Si el huérfano estuviera cursando estudios y cumpliera los 25 años durante el transcurso del curso escolar, la percepción de la pensión de orfandad se mantendrá hasta el día primero del mes inmediatamente posterior al de inicio del siguiente curso académico.

Cuantía de la pensión de orfandad

A carácter muy general, y en resumidas cuentas, podemos establecer que la cuantía es del 20% de la base reguladora. Además, la persona huérfana podrá obtener una indemnización especial que corresponderá a la mensualidad de dicha base en caso de que el fallecimiento de la persona se haya dado en casos de accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Además, dicha cantidad podrá ser modificada en la medida que la orfandad sea absoluta o no. En caso de no serlo, y que se perciba la pensión de viudedad, por ejemplo, la cantidad de la pensión será inferior, al presentarse una orfandad simple o no absoluta.

No obstante, dicha cantidad podrá ser superior si la orfandad es absoluta o si, además, se presentan supuestos de violencia de género por los que se ha presentado la orfandad.

¿Cuándo se pierde la pensión de orfandad?

Como hemos indicado, la pensión a percibir por cada persona huérfana dependerá de las condiciones en las que se encuentre y del tipo de persona que sea. No recibirá lo mismo una persona que carezca de ambos padres como que no, además de si presenta o no discapacidad.

No obstante, dicha pensión puede verse mermado bajo los siguientes supuestos, descritos como un máximo a establecer para la recepción de dicha pensión.

  • Los mayores de 21 años dejarán de recibir dicha pensión al cumplir dicha edad, salvo que la persona presente incapacidad permanente absoluta o gran invalidez para el trabajo.
  • Dejarán de percibir la pensión aquellas personas que cumplan los 25 años de edad, en el caso de que se presente una orfandad absoluta (que no haya ningún progenitor). También será posible cuando el huérfano no trabaja o presenta una discapacidad del 33% (o superior)
  • También se dejará de recibir dicha cantidad cuando, después de haber presentado una incapacidad que le había otorgado más tiempo a su pensión, deje de hacerlo, pues la incapacidad haya cesado.
  • Cuando la persona huérfana haya sido adoptada, la pensión dejará de percibirse, pues dependerá de la renta de la persona que haya adoptado al huérfano.
  • Cuando se contraiga matrimonio se pierde la orfandad, a menos que dicha persona presente incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.

Con todas estas cuestiones puedes conocer más a fondo las características de las pensión de orfandad. Si recibes una pensión de orfandad es importante tener en cuenta en qué momento o bajo qué condiciones se deja de percibir para no tener sorpresas en el futuro.