En términos jurídicos y de contabilidad, la firma electrónica es el equivalente electrónico al de la firma manuscrita a través de la cual una persona acepta el contenido de un mensaje electrónico, ya sea marcando una casilla en un ordenador, usando un nombre usuario y una contraseña, una firma digital o firmando con un lápiz electrónico. Las firmas electrónicas se forman con un complejo algoritmo matemático que permite asegurar la identidad del firmante y la integridad del contenido del mensaje.

Dependiendo del país en el que nos encontremos, podemos diferenciar varios tipos de firma electrónica. Por ejemplo, en España, de acuerdo a la Ley 59/2003, contemplamos tres variedades de firma:

  • Firma electrónica: es el conjunto de datos en forma electrónica que se utilizan como medio de identificación del firmante.
  • Firma electrónica avanzada: permite identificar al firmante y detectar los cambios producidos a posteriori de los datos firmados.
  • Firma electrónica reconocida: está basada en un certificado reconocido y generada a través de un dispositivo seguro y fiable de creación de firma.