El término de fiador hace referencia a la persona que se obliga a pagar o cumplir por un tercero, en el caso de que ésta no pueda hacerlo (según se recoge en el Código Civil español). No obstante, el término en sí genera controversia y confusión, sobre todo con el término avalista. Más adelante veremos sus diferencias.

¿Qué beneficios tenemos si somos fiador?

Los beneficios que podemos obtener son de tres tipos:

  • Beneficio de exclusión. Mediante este beneficio, el fiador no tiene por qué pagar la deuda del obligado principal mientras el principal tenga de suficientes bienes como para hacerlo. Es por ello que, en el caso de existir principales, los acreedores deberían exigir lo debido a ellos.
  • Beneficio de orden. Como su propio nombre indica, el beneficio de orden implica que el acreedor deberá reclamar primero al deudor principal y después al fiador.
  • Beneficio de división. Implica que se debe reclamar la deuda a todos los fiadores por igual. Obviamente, para que esto pueda ocurrir, es necesario que haya más de un fiador.

Diferencias entre aval y fiador

Mucha gente suele confundir el concepto de fiador con el de aval o viceversa. Lo cierto es que, a pesar de presentar ciertas similitudes, hay una serie de diferencias que alejan el significado:

  • La primera diferencia la encontramos en la naturaleza de la terminología: el aval es de ámbito mercantil, que se emplea para designar a una persona como adeudora cuando otra no podría hacerlo; mientras que el fiador es de ámbito civil y se trata de una persona que se compromete a pagar al acreedor en el caso de que el deudor no lo llegase a hacer.
  • La segunda la encontramos en la obligación del pago: el aval está obligado a pagar de manera solidaria (incluso puede ser demandado); mientras que el fiador no está forzado, aunque podrá si se le demanda.
  • La tercera diferencia será el contrato: el contrato de arrendamiento es para fiadores; mientras que garantizar la deuda por un pagaré es para avalistas.