El comercio, dentro del ámbito mercantil, se encuentra directamente relacionado con la actividad de la empresa y la figura del comerciante o empresario. Dentro de la empresa, el empresario es quien decide en la asignación de cada uno de los medios de producción, ya se trate de capital, materias primas o mercancías, contratación de personal técnico y de mano de obra, arriendo o adquisición de locales etc…

Significado de comercio

En realidad, el concepto de comercio está muy ligado al de empresa, simplemente le precede en el tiempo. No es extraño, por tanto, que el principal código de leyes mercantiles se denomine Código de Comercio, dentro del Ordenamiento jurídico español. Ni que, por tanto, en el mismo sentido, en dicho código se hable de comerciante en lugar de hacer alusión a la figura del empresario. Así, una empresa o comercio es, en definitiva, un conjunto de elementos de carácter heterogéneo, cuya relación tiene que ver con el destino económico al que se encuentran adscritos.

Desde un punto de vista legal, el concepto de empresa, se entiende como ejercicio del comercio. O, dicho de otra manera, un conjunto organizado de bienes patrimoniales, actividades industriales y de relaciones con valor económico. La palabra comercio procede del latín, «commercium», muy ligado a las transacciones de compra y venta. Aunque, también se habla de comercio, para designar a una tienda, o a un local en que se ejerce el comercio o una actividad empresarial.

Por su parte, el comerciante o empresario, es quien profesionalmente, y en nombre propio, ejerce el comercio o actividad empresarial. El mismo concepto se extiende a las sociedades o personas jurídicas, con carácter general, que realicen actividades empresariales. Sin embargo, existe una presunción del carácter mercantil de determinados tipos de sociedades cualquiera que sea su objeto, como es el caso de la sociedad anónima o de la sociedad de responsabilidad limitada.