¿Qué puede hacer una persona autorizada en una cuenta bancaria?

Seguro que te has planteado en alguna ocasión abrirte una cuenta del banco: es la mejor forma de guardar tu dinero y estar en buen recaudo. No obstante, muchas personas optan por la opción de abrir una cuenta bancaria en conjunto a otra persona para compartir titularidad. Pero, no obstante, no es lo mismo que una cuenta bancaria tenga más de un titular o que, por el contrario, una cuenta bancaria tenga un titular y un autorizado. ¿Sabías que pueden existir diferencias entre ambos? ¡Pues en este artículo te resolveremos esas dudas y te despejaremos qué pueden o no hacer ambos!

Antes que nada, ¿qué es un titular y qué es un autorizado?

Empecemos por donde debemos empezar: por la definición de ambos conceptos para que así nos enteremos de lo que pueden o no hacer cada individuo.

En primer lugar, el titular de una cuenta se identifica como el propietario y responsable del dinero depositado en dicha cuenta. Además, es el deudor de las operaciones que se ejecuten a nombre de la cuenta, como puede ser las operaciones de préstamo.

Por su parte, las personas autorizadas son aquellas que tienen la potestad de operar a favor del titular (como si fuese un apoyo), pero en ningún caso es el dueño de la cuenta bancaria y, por tanto, no tiene repercusión fiscal sus acciones disponibles.

¿Qué diferencias hay entre un titular y un autorizado en una cuenta bancaria?

Si bien ya sabemos cuáles son las definiciones de ambos. Repasamos algunas de las diferencias que hacen que un titular no sea lo mismo que un autorizado:

  1. Las aportaciones de capital y los rendimientos que puedan ocasionar se le imputan al titular de la cuenta y no al autorizado.
  2. La propiedad de los fondos que existen en dicha cuenta bancaria solo pertenecen al titular de la cuenta, cosa que el autorizado no lo es.
  3. Entre las operaciones permitidas a la persona autorizada se encuentran: realizar ingresos, disponer de efectivo, hacer transferencias bancarias o firmar talones.
  4. Las operaciones denegadas a un autorizado son: solicitar o cesar tarjetas de crédito o débito, cancelar una cuenta u otros productos que no estén mencionados.
  5. Por último, si el titular de una cuenta fallece, las personas autorizadas no podrán disponer de dicho dinero y tendrán que confirmar que son herederos para disponer del mismo además de otros trámites.

¿Y qué pasa con titulares y autorizados si en una cuenta hay dos o más titulares?

Existe la posibilidad de que una cuenta bancaria cuente con dos o más titulares, caso que ocurre en parejas de matrimonio, por ejemplo. No obstante, debemos saber que tras la apertura de una cuenta bancaria es difícil que nuestro banco nos deje poner un nuevo titular, todo lo contrario a lo que ocurre con autorizados ya que estos sí podrían.

En cualquier caso, dependiendo del tipo de titularidad, los autorizados y titulares tienen un papel diferente:

  • Titularidad indistinta. Se le dice así porque cada uno de los titulares tiene la misma cantidad de dinero para operar y no necesitan de consentimiento del resto de titulares para utilizarlo. Para los autorizados, estos deberán funcionar dependiendo de lo que opinen por igual los titulares existentes.
  • Titularidad mancomunada. En este caso, los titulares de la cuenta mancomunada necesitan la aprobación entre ellos para las operaciones que se realizan desde la cuenta. Con lo que pueden hacer los autorizados también lo eligen ellos.
  • Titularidad subordinada. Por último, en este caso los titulares tienen que pedir permiso al titular que se encuentre en la anterior posición a la suya. En este sentido, los titulares de segunda posición necesitan permiso de la primera. Los autorizados, por tanto, dependen del titular primero.