La transmisión de contratos de seguros entre empresas aseguradoras, correrías de seguros o similares se conoce con el nombre de cesión de cartera. De esta forma, las diferentes empresas aseguradoras se aseguran el riesgo en el que incurren con sus usuarios a la vez que los redirigen a una empresa u otra dependiendo de su especialización.

Entre los datos que se ceden se encuentran: los datos personales del que solicitó el contrato, la parte contractual del mismo, el solicitante, el beneficiario, los riesgos de la operación, algunos puntos que acordaron entre empresa aseguradora y solicitante y se considere necesario, etc.

La gestión de cesión de cartera debe estar aprobada por el Ministerio de Finanzas, Hacienda y Economía (dependiendo del país). Además, se debe tener con suficientes previsiones técnicas y un gran nivel de solvencia.

Procedimiento para aprobar la cesión de cartera

Debe realizarse ante la Dirección General de Seguros, con:

  • La certificación de acuerdos de cesión de cartera
  • El convenio de cesión de cartera con una serie de documentación. Se trata de: información de elementos de activo y pasivo que se ceden; fecha de la cesión; precio del acuerdo.
  • Balance de situación, así como la cuenta de pérdidas y ganancias.
  • Coberturas que se ceden: cálculo y cuantía.
  • Margen de solvencia actualizado.

El Ministerio del país en cuestión autorizará la cesión, pasando a escritura pública remitiéndose a la Dirección General de Seguros. Después de ello, se deberá de realizar una liquidación en la entidad como fase última de este proceso. El Ministerio correspondiente será el encargado de realizar todas las competencias oportunas respecto a la ordenación y supervisión de la entidad en liquidación, pudiendo fiscalizar la administración y contabilidad de entidades intervenidas si así lo ve conveniente.