Todos los abonados de un servicio de telefonía móvil tienen derecho a recibir las facturas detalladas por los gastos del servicio prestado, y en ellas deben aparecer diferenciados los precios que se tarifican por cada servicio.

¿Qué información debe contener la factura del teléfono móvil?

Todas las facturas que los operadores de telefonía móvil remiten a sus clientes deben de diferenciar claramente los cargos por el servicio telefónico de los de cualquier otro servicio adicional, como por ejemplo: los de tarificación adicional como el contestador automático, de llamada a tres, o el de adquisición del terminal, entre otros. Además también deben indicar claramente:

  • El periodo de facturación.
  • La cuota mensual fija, si la hay.
  • Los otros cargos mensuales fijos, como puede ser el pago del terminal.
  • Cualquier otra cuota mensual fija no recurrente, un ejemplo de esto podría ser el pago de algún seguro asociado al teléfono.
  • Datos agregados por grupos tarifarios, es decir, llamadas nacionales, internacionales, a móviles, a fijos y a servicios de tarificación adicional. Se debe indicar con detalle el número de llamadas, el número de minutos y el coste de cada uno de los grupos.
  • El total facturado e impuestos incluidos.

 Datos sobre las llamadas que debe incluir la factura del teléfono móvil

Por lo que respecta al desglose de las llamadas, la factura debe incluir detalles de todas las facturadas, excluidas las de bajo coste, que son las de tarifa en horario normal inferior al equivalente de 3 céntimos/ minuto y las de tarifa en horario normal inferior a 20 céntimos/ llamada.

Para el resto de llamadas la factura debe indicar:

  • El número llamado.
  • La fecha y hora de la llamada.
  • La duración de la llamada.
  • La tarifa aplicada.
  • El coste total de la llamada.

¿Qué hacer si no estoy de acuerdo con el importe de la factura de mi teléfono móvil?

En el caso de no estar de acuerdo con la factura recibida por parte del operador de telefonía móvil se debe presentar una reclamación al operador, independientemente de que la factura esté abonada o no.

El plazo para presentar la reclamación es de un mes a partir del momento en que se ha tenido conocimiento del hecho, es decir, en el caso de una factura, es la fecha de emisión de la misma. A partir de ese momento el operador debe facilitar un número de referencia de dicha reclamación para que el consumidor pueda hacer su seguimiento.

A partir de la presentación de la queja el operador tiene un mes para resolver la queja, y en el caso que se resuelva a favor del abonado, devolver la cantidad cobrada indebidamente.

Si el operador no resuelve a favor del usuario, o no hay respuesta antes de un mes, el usuario debe dirigirse a la Administración para interponer su reclamación.