En caso de que la compañía de telefonía móvil nos dé de alta en un servicio no contratado, la empresa está obligada a demostrarlo. En muchas ocasiones, los usuarios son dados de alta en un determinado servicio asociado sin que se haya dado su consentimiento previamente.
Qué hacer si la compañía de telefonía móvil nos da de alta en algún servicio sin consentimiento previo
En el momento que se detecte en la factura que la empresa de telefonía móvil nos está cobrando por un servicio no contratado, se debe solicitar el documento con nuestra firma que lo acredite, o bien la grabación de voz en la que verbalmente se otorga el consentimiento a esa contratación, cuyas condiciones económicas deben estar perfectamente explicadas.
En el caso que la compañía de telefonía móvil no pueda acreditar por ningún medio la contratación de este servicio, se consideraría una facturación indebida y la empresa está obligada a devolver el dinero facturado al cliente.
Pero además en estos casos no sólo bastaría con reclamar a la empresa la anulación del contrato o de los servicios que han sido dados de alta indebidamente, la ley también establece que en estos casos los usuarios pueden interponer la correspondiente denuncia administrativa ante la Agencia Española de Protección de Datos, por la utilización de datos de carácter personal sin la correspondiente autorización.