Desgravar préstamos

La constitución de un préstamo, ya sea este hipotecario o personal, suele generar bastantes dudas en torno a la fiscalidad aplicable. Así como, sobre la posibilidad de que existan desgravaciones o deducciones relativas a su constitución o posterior amortización.

Si estas a punto de formalizar un préstamo con tu banco o caja de ahorros y no sabes si tienes que declararlo a Hacienda, o si puedes deducir el pago de los intereses, continua leyendo esta entrada en la que te contamos que tratamiento fiscal reciben los préstamos centrándonos en aquellos que se conocen como préstamos personales.

¿Tengo que declarar un préstamo a Hacienda?

Cuando hablamos de declarar un préstamo a hacienda lo hacemos con un significado doble. Por un lado estaría la declaración del préstamo a efectos tributarios en el momento de su constitución. Por otro lado, nos referimos a su inclusión en la declaración de la renta como forma de minorar el importe de la declaración y obtener un beneficio fiscal.

Deducción de los intereses en préstamos personales

En cuanto al tratamiento fiscal que reciben los préstamos personales en términos de deducción podemos encontrarnos ante varias situaciones posibles. Estas situaciones son las que determinarán si existe o no posibilidad de deducción de los intereses de los préstamos.

Aunque cabe mencionar que los normas que establecen las posibles deducciones cambian. Además, dependen, en ocasiones, de otras normativas de las comunidades autónomas. Por lo que es recomendable revisarlas cada año antes de realizar la declaración de la renta por si existen cambios que nos puedan beneficiar.

Préstamo personal para adquisición de vivienda.

Los préstamos personales constituidos con el fin de adquirir una vivienda se pueden desgravar en la declaración de la renta. Siempre y cuando la compra de la vivienda sea anterior al 1 de enero de 2013. Desde este momento y debido a los cambios realizados en las normas tributarias ya no es posible desgravar este tipo de préstamos personales.

Préstamo personal para realizar mejoras en la vivienda

Este tipo de préstamos se consideran un rendimiento del capital mobiliario. Siempre que el capital se destine a mejoras en la vivienda habitual. Por este motivo es posible desgravar el importe correspondiente al pago de los intereses del préstamo en la correspondiente declaración de la renta.

Préstamo personal con otros fines

Nos referimos a todos aquellos préstamos personales cuyo capital no se destine a la mejora de la vivienda habitual. En estos casos no se pueden desgravar el importe pagado de intereses en la declaración de la renta. Para este tipo de préstamos personales no existe ningún tipo de deducción o desgravación posible

Tributación de los préstamos personales

Los préstamos personales tributan de diferente forma en función del origen del capital del préstamo. Pudiendo ser una entidad financiera la que preste los fondos o un particular.

Préstamos personales de entidades financieras

En este caso se trata de préstamos en los que el capital proviene de una entidad financiera, banco o caja de ahorros. Este tipo de operaciones de préstamo está sujeta al pago del IVA, Impuesto Sobre el Valor Añadido.

Préstamos personales de particulares

Los préstamos personales entre particulares o aquellos cuyo capital proviene de un particular están sujetos en el momento de su constitución al pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados y Transmisiones Patrimoniales.

También existen determinadas operaciones de crédito que se encuentran exentas de pago. Este tipo de operaciones de crédito no tributan. Se trata de aquellos préstamos en los que participa un particular o entidad financiera, pero que se diferencian del resto porque en el momento de su formalización se establece, de forma paralela a la operación de préstamo, la constitución de una garantía hipotecaria.