¿Cómo tributan los depósitos?

Sabías que los depósitos bancarios que tienes en tu poder también deben tributar como instrumento financiero que tienes. Muchas personas desconocen esta realidad, pero lo cierto es que es importante a tenerlo en cuenta cuando estamos haciendo la declaración de la Renta. Para sacarte de dudas sobre qué o no tributa y a cuánto, te mostramos a continuación una guía donde guiarte con la fiscalidad de este financiero. ¡Vamos allá!

Información previa sobre la fiscalidad de los depósitos

Antes que nada, definimos el concepto de depósito como la operación realizada en la que una entidad custodia (o guarda) el dinero de un cliente. No obstante, el depósito bancario suele referirse a un instrumento financiero en el que las entidades bancarias tratan de asegurar el dinero de sus clientes.

Por si no lo sabías, los depósitos bancarios sí tributan. Además, cabe destacar que la fiscalidad de los depósitos va en función de la cantidad obtenida y tributa en el apartado de IRPF. Es obligación del contribuyente tenerlo en cuenta a la hora de realizar al declaración de la renta.

¿Cómo funciona la fiscalidad de los depósitos bancarios?

A la hora de calcular la tributación que tenemos que hacer de los depósitos bancarios, debemos tener en cuenta tan solo las ganancias generadas por los intereses y NO el capital que se ha usado.

En este sentido, la base imponible de los depósitos, según Hacienda, se trata de un base imponible del ahorro. Esto es así porque se ha generado beneficio y rendimiento mediante un producto de ahorro (el depósito). Además, como hemos comentado y así se indica en Hacienda, solo se tendrán que tener en cuenta los intereses o ganancias generadas y no por el capital depositado.

¿Cómo es la fiscalidad de los intereses de los depósitos?

Ahora que ya sabemos cómo funciona la fiscalidad de los depósitos, es el momento de calcular cuánto nos cobrarán. No obstante, previamente tenemos que tener claro los intereses que hemos obtenido por depósito a plazo fijo.

Recordemos que esta será la forma en la que conozcamos cuánto se nos gravará por el pago de estos impuestos a la hora de hacer la declaración de la renta. O lo que es lo mismo: veremos la base imponible que se aplicará sobre aquellas cantidades necesarias para su tributación.

La fiscalidad de los depósitos funciona según una retención fija que cambia según las ganancias generadas:

  • Para ganancias de hasta 6.000€ se tiene una retención fiscal del 19%.
  • Para ganancias de entre 6.000€ y 50.000€ se tiene una retención fiscal del 21%.
  • Para ganancias de más de 50.000€ se tiene una retención fiscal del 23%..

Si se tienen menos de 6.000€ no pasa nada si  no se incluye dentro de la declaración. En cambio, en el caso de que se tengan ganancias superiores a 6.000€, el titular de los depósitos deberá añadir dicho importe de intereses generados en la declaración de la renta.

Debemos tener en cuenta que en la mayoría de los casos, las entidades bancarias donde tengamos el depósito es la encargada de aplicarnos la retención del 19% sobre los intereses generados a favor de Hacienda siempre y cuando dicha ganancia no sea superior a 6.000€. No obstante, como indicamos, no es algo que se cumple el 100% de las veces, por lo que recomendamos echar un vistazo y corregir en el caso de que no se tenga para que se pueda tributar en la declaración correspondiente dado el caso.

Recuerda que no es obligación del banco de hacer esta operación, sino nosotros como contribuyentes realizar dicho acometido. Revisarlo no cuesta tanto y podríamos evitar sanciones por parte de las Administraciones correspondientes.