Jubilación parcial

Cuando una persona llega a los 60 años, puede empezar a cobrar una pensión de jubilación. Esto lo puede hacer mediante la jubilación parcial. La jubilación parcial se da a cabo cuando una persona que tiene, al menos, 60 años, pasa a dejar de trabajar a tiempo completo para hacerlo a tiempo parcial y cobrar, a la vez, una pensión por jubilación. Este contrato a tiempo parcial podría o no estar vinculado a un contrato de relevo (trabajadores en desempleo o trabajadores que no son indefinidos).

Un contrato de relevo es aquel que se suscribe en una empresa para sustituir a un trabajador que ha solicitado la jubilación parcial y está regulado por los artículos 12.6 y 12.7 del Estatuto de los Trabajadores y por el Real Decreto Ley 5/2013. Se establece la obligatoriedad de estos contratos cuando en la empresa se produce una jubilación parcial sin que el afectado haya cumplido la edad ordinaria de jubilación.

¿Qué requisitos se deben cumplir?

Por lo general, los requisitos para acceder a este tipo de jubilación se basan en requisitos generales (pues dependerá si exista o no contrato de relevo para considerarse otras condiciones) que son los siguientes:

  • Alcanzar el mínimo de 60 años de edad.
  • Haber cotizado un mínimo de 15 (sin contrato) o entre 30 y 33 años (con contrato) de manera efectiva.
  • La reducción de la jornada laboral será entre un 25 y 50% (hasta el 75% en algunos casos específicos).
  • Para contratos de relevo, hace falta una antigüedad en la empresa de, al menos, 6 años; para los que no tienen contrato de relevo, esa antigüedad no es necesario.
  • Para poder acceder a la jubilación parcial: si no se tiene contrato de relevo, el trabajador podría haber estado contratado a jornada completa o parcial; mientras que si se tiene, deberá haber estado contratado a jornada completa.

¿Cuánto se cobra con la jubilación parcial?

En cuanto a la cuantía de la pensión de jubilación parcial, será el resultado de aplicar, de acuerdo con los años de cotización que acredite el trabajador en ese momento, calculada conforme a las normas generales del Régimen de la Seguridad Social de que se trate, el porcentaje de reducción de su jornada. Dicho porcentaje no podrá ser inferior a lo que resulte de aplicar ese mínimo de porcentaje al importe de la pensión mínima vigente ordinaria. Además, no se aplicaran coeficientes reductores dependiendo de la edad.

Dentro de los límites (mínimo de 25% y máximo de 85% de jornada habitual de trabajo), el porcentaje de reducción de la jornada podría ser incrementado por períodos anuales a petición del trabajador jubilado parcial mientras que dicha vacante sea cubierta por otro trabajador (llamado relevista).

Ventajas e inconvenientes de la jubilación parcial

Este tipo de jubilación presenta múltiples ventajas que el trabajador desconoce. Para empezar, es que al mismo tiempo que trabajas ya estás cobrando una pensión, lo cual favorece al trabajador en caso de que quiera desprenderse del trabajo poco a poco.

La siguiente ventaja es la que acabamos de comentar: muchos trabajadores consideran o sufren de un trauma el hecho de dejar su trabajo en el que tanto tiempo ha dedicado, por lo que la jubilación parcial es un buen método para ir dejando este trabajo de manera progresiva.

Además, podemos obtener casi mejores niveles de ingresos con la pensión de dicha jubilación que los ingresos que teníamos antes de formalizar dicho contrato de jubilación parcial.

Por otro lado, los inconvenientes que se presentan son escasos. En primer lugar, se podría modificar la jornada laboral de dicho trabajador, afectando a otros compromisos que éste tuviese en su lugar.

También, el hecho de dejar progresivamente el trabajo mediante el contrato a tiempo parcial es lo que podría generar cierta angustia en el trabajador por el hecho de tener que dejar el trabajo.