Los epígrafes del IAE son los códigos que muestran la actividad económica que realiza cada sociedad económica o trabajador autónomo y que se utilizan para el pago del Impuesto sobre las Actividades Económicas. Este impuesto grava las personas física y jurídica según las actividad profesional o empresarial que realicen. Se trata de un tributo directo de carácter obligatorio que debe suscribir la persona o empresa que haga algún tipo de actividad económica por cuenta propia. Este impuesto grava sobre la actividad económica de las empresas en España.

¿Cómo elegir los epígrafes del IAE?

El IAE se encuentra gestionado por los ayuntamientos y se utiliza para gravar la actividad económica que rebase ciertos límites en términos de ingresos, al margen de que sean de carácter local, regional o nacional. Para profundizar un poco más en la definición de los epígrafes IAE hay que aclarar el significado de actividad empresarial. La Agencia Tributaria estima que es la que se desarrolla con carácter profesional o empresarial cuando implique la ordenación por cuenta propia de recursos humanos y de medios de producción, o de uno de ellos, con el propósito de influir en la producción o distribución de los bienes. Por ello, estos epígrafes nos permiten informar a Hacienda de cuál es la actividad que realizamos, y por la cuál debemos tributar.

Cuando vamos a elegir los epígrafes debemos tener en cuenta que existen diferentes tipos de epígrafes para las diferentes actividades:

  • Actividades empresariales
  • Actividades profesionales
  • Actividades artísticas

Cabe destacar que las empresas o autónomos, pueden elegir más de un epígrafe. Es más, se deben elegir todos los epígrafes a los que pertenezcan las actividades que realizan. Si una empresa realiza dos actividades totalmente diferentes, deberá elegir cada uno de los epígrafes correspondientes.

Sin embargo, también hay que tener en cuenta algunos asuntos fiscales. Por ejemplo, cada una de los epígrafes posee unos tipos de IVA diferentes. El % de IRPF también es diferentes para las actividades empresariales o para las actividades ganaderas. Otro ejemplo, son las actividades de comercio que deben de utilizar el régimen de recargo de equivalencia por obligación.

Exentos del IAE

El Impuesto de actividades económicas (IAE) es de carácter general, aunque la ley contempla una serie de exenciones. Entre ellas se encuentran:

  • Las personas físicas mientras no realicen actividades económicas.
  • Las sociedades mercantiles y sociedades civiles que presenten una cifra de negocio inferior al millón de euros.
  • Las compañías y profesionales por cuenta propia durante los dos primeros años de actividad.
  • Las asociaciones y fundaciones de disminuidos psíquicos, físicos y sensoriales, sin ánimo de lucro y que funcionen con unas condiciones concretas.
  • Los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que operen en España a través de un establecimiento permanente y que presenten una cifra de negocio por debajo del millón de euros.

Cómo darse de alta en el IAE

Aunque se esté exento de pagar el IAE, es necesario darse de alta para saber la actividad económica que realizamos. Para darse de alta en el IAE hay que acudir a la oficina de la Agencia Tributaria de la localidad en la que se desarrolle la actividad económica. Es preciso hacer este trámite antes de comenzar la actividad, aunque puede presentarse con diez días de antelación. Ante cualquier cambio de actividad o la baja de la empresa, hay un plazo máximo de treinta días desde la fecha en la que se haya producido.