La curva de Laffer es una representación entre lo que supone implementar un impuesto y el nivel de recaudación o ingresos que se obtienen a través del mismo. Es un concepto del economista de Arthur Laffer (en 1980) que, durante la presidencia de Ronald Reagan, aconsejó que permitiría liberar la iniciativa individual de la población.

¿Cómo es la curva de Laffer?

Esta curva tiene una forma de U invertida en el que hay un nivel porcentual que varía entre 0 y 100. A tanto nivel porcentual (0 y 100) no se recauda, ya que, si nadie cotiza, el tipo grava la totalidad del sueldo y no se estaría interesado en trabajar.

Laffer Curve
Imagen: Bastianowa.

¿Cuál es la explicación de la curva de Laffer?

La explicación de la curva de Laffer nos asegura que para un tipo impositivo de 0 y de 100, la recaudación es nula. En el primer caso porque no se recauda impuestos; en el segundo porque si se aplica un tipo impositivo tan alto, nadie estaría dispuesto a trabajar por tener que dar todo el dinero en la recaudación (lo que hemos explicado anteriormente)

Pues bien, la explicación de Laffer es que entre estos dos puntos hay un recorrido ascendente en la curva en la que hay niveles bajos de impuestos y otro descendentes con niveles más altos (y por tanto, más recaudación).

El máximo que se puede establecer depende de muchos factores, pudiendo llegar a variar por países. Es de suma importancia encontrarlo, pues permite a los gobiernos establecer un tipo impositivo u otro, así como determinar la política fiscal que corresponda.

Relación tipo impositivo y trabajo

Como hemos indicado, si existe un tipo impositivo alto (o del 100%), el porcentaje de personas que trabajaría sería nulo o escaso.

Esto se debe a que los individuos no ven utilidad invertir y encontrar trabajo, priorizando en su lugar el ocio en el caso que el tipo impositivo no disminuya. Por tanto, se puede llegar a la conclusión aunque no de manera exacta y objetiva que, si el tipo impositivo aumenta, el trabajo de un determinado país tiende a disminuir. Sucede lo mismo a la inversa, en el caso que el tipo impositivo sea menor.