Los préstamos participativos forman parte de lo que se conoce como financiación externa. Dentro de los distintos tipos de financiación para una empresa, la financiación externa, es aquella que se obtiene de entidades ajenas a la empresa en cuestión. Es decir, que el capital de la financiación lo presta una entidad financiera, que puede ser privada o pública.
Los prestamos participativos, aunque son concedidos por la banca y diversas entidades financieras, tienen una serie de particularidades que los diferencian de los préstamos tradicionales formalizados habitualmente con estas entidades. Te contamos que es un préstamo participativo y como se financia una empresa a través de un préstamo de este tipo.
¿Qué es un préstamo participativo?
Los préstamos participativos se instrumentan a través de un contrato formalizado con entidades financieras y de crédito. Sus principales características están reguladas por el Real Decreto Ley 7/1996. Alguna de las más relevantes para la empresa son estas que te contamos aquí.
Participación de la entidad de crédito
En primer lugar los préstamos participativos como su propio nombre indica, suponen tras la formalización del contrato de préstamo, la participación de la entidad prestataria en el capital de la empresa. En este tipo de financiación el importe del préstamo pasa a formar parte del capital de la empresa. Por lo que la entidad prestataria se convierte en cierto modo en un inversor, para la empresa receptora del préstamo participativo.
Destinado a empresas de nueva creación
Los préstamos participativos son una mezcla entre el préstamo tradicional y la aportación de capital realizada por un inversor. Precisamente por este carácter participativo se utiliza habitualmente por empresas que inician su andadura empresarial y en aquellas en las que existe una clara perspectiva de crecimiento. Pero en ningún caso pueden financiar autónomos o emprendedores, ya que es necesaria una sociedad empresarial plenamente operativa.
Interés ligado al beneficio empresarial
Otra de las peculiaridades de los préstamos participativos es que suelen tener una estructura partida en la que inicialmente se devuelve el capital más un interés fijo. Al igual que ocurre en un préstamo tradicional. Pero en la segunda parte de la vida del préstamo participativo se establece un interés variable. Además este porcentaje de interés variable se adaptada dentro de unos límites preestablecidos, a los beneficios obtenidos por la empresa.
Mayor flexibilidad
Los préstamos participativos suponen para la empresa una mayor flexibilidad. Habitualmente este tipo de préstamos incluyen la posibilidad de acogerse a un periodo de carencia. Ademas al contar con dos tipos de interés y vincularse uno de ellos a los beneficios obtenidos por la empresa se consigue también una mayor adaptación. Por otro lado los prestamos participativos se conceden habitualmente con un mayor plazo de amortización. Si lo comparamos con los prestamos tradicionales formalizados con el sector bancario.
Amortización anticipada
El mayor inconveniente que presentan los préstamos participativos es que al incorporarse como patrimonio neto de la empresa no se permite la amortización anticipada. De esta forma si una empresa decide financiarse con un préstamo participativo y desea amortizarlo no podrá. A no ser que la empresa realice de forma paralela a la amortización, una dotación al capital de la empresa por el mismo importe.
Orden de prelación
Este tipo de préstamos se sitúan por detrás de los acreedores comunes. Lo que supone que el préstamo participativo queda subordinado a otro tipo de deudas. Esto representa una mayor garantía para el resto de acreedores de la empresa. Así como para la gestión de otras deudas o la formalización de otro tipo de operaciones financieras.
Deducciones
La financiación de empresas a través de un préstamo participativo, supone que los intereses y comisiones derivados de él, se pueden deducir de la base imponible del Impuesto de Sociedades, minorando de esta forma el importe a pagar en la cuota del mismo.