Declaración de la Renta

A día de hoy es innegable el crecimiento del sector de las monedas virtuales como una alternativa financiera. Es por ello que a lo largo del tiempo se ha ido poniendo el foco en ellas y en la forma de regularlas.

En España siempre hemos tenido la obligación de declarar las criptomonedas a Hacienda. No obstante, durante los últimos años el punto de mira se ha puesto en ellas, por lo que en la Renta 2021-2022 su vigilancia en ellas ha aumentado con el objetivo de llevar un control sobre estas divisas y evitar, así, la evasión y el fraude fiscal.

 

¿Cómo se declaran las criptomonedas en la declaración de la renta y cómo declararlas?

En 2021 entró en vigor la Ley contra el fraude que instauró la obligatoriedad de declarar los saldos de las monedas virtuales. Por ello, como ya sabréis, se ha incluido la casilla para las criptomonedas en la declaración de la Renta. Así pues, todos aquellos que generen ganancias con las monedas virtuales deben cumplir, como el resto de contribuyentes, con las obligaciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

La casilla 46 para la declaración de las criptomonedas en la Renta

En febrero de 2022 se publicaron en el BOE los diferentes modelos de la declaración de la Renta de 2022. En estos se puede ver por primera vez la casilla para declarar las criptomonedas, la 46. Anteriormente se incluía dentro de ‘Otras ganancias patrimoniales a integrar en la base imponible del ahorro’ pero ahora cuentan con un apartado dedicado dentro del Impuesto sobre el Patrimonio. Para encontrarlo, debes buscar, exactamente, el apartado de ‘Saldos en monedas virtuales’.

La información a aportar en la declaración de la Renta sobre las monedas virtuales es la siguiente:

  • Porcentaje de la titularidad.
  • Denominación o tipo de moneda virtual.
  • Número de unidades.
  • Valor en euros.

La Agencia Tributaria considera las monedas virtuales como activos intangibles que pueden ser canjeados por otros bienes. Aunque no son de curso legal, pueden adquirirse o transmitirse generalmente a cambio de moneda de curso legal. Hay que tener en cuenta, también, que se deben pagar impuestos de las criptomonedas con independencia de dónde se localice la operación, es decir, independientemente de que se hagan exchanges extranjeros o se almacenen en monederos virtuales fuera de España.

¿Cuándo declarar las criptomonedas en la Renta?

Lo primero que debes saber es que tener criptomonedas no implica la obligación de declararlas, las criptomonedas se declaran cuando se venden o se realizan movimientos con ellas. Es decir, cuando generan beneficios.

Debes saber también que se aplica una retención del 19% en los primeros 6.000€ de ganancias, y que independientemente de la vía por la que hayamos obtenido ganancias con las criptomonedas, se deben declarar. Es importante que tengas en mente que aunque hayas ganado cantidades ínfimas con las criptomonedas tienes la obligación de declararlas incorporándolas a la declaración de la renta. Pues que Hacienda considerará que la plusvalía generada por las operaciones hará que aumente tu base patrimonial. Esto quiere decir que aunque hayas generado ganancias de 1€ mediante criptomonedas las vas a tener de declarar.

¿Cómo tributan las criptomonedas?

En la declaración de la Renga, las ganancias y pérdidas por la transmisión tributan en la parte especial de la siguiente manera:

  • De 0 hasta 6.000€: 19%
  • De 6.001€ hasta 44.000€: 21%
  • De 44.001€ hasta 200.000€: 23%
  • Para cantidades que superen los 200.000€: 26%

Por otro lado, las ganancias y pérdidas sin transmisión tributan en la parte general de la Renta con tramos comprendidos entre el 18% y el 47%.

¿Se deben declarar las criptomonedas depositadas en el extranjero? El modelo 720

Las personas que cuenten con criptomonedas depositadas en el extranjero cuentan con la obligación de informar sobre las monedas que cuenten en titularidad a través del modelo 720, o la Declaración Informativa sobre Bienes y Derechos en el extranjero. En él se han de incluir las criptomonedas de las que se disponga a fecha del 31 de diciembre del año anterior, cuando el importe supere los 50.000€.

¿Puedes recibir sanciones por no declarar las criptomonedas?

La respuesta es afirmativa. En este caso, las sanciones para usuarios e inversores que traten de ocultar información u engañar sobre las ganancias con las criptomonedas podrán ser multados con hasta 5.000€. Se multará «por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma cuenta que hubiera debido incluirse en la declaración o hubieran sido aportados de forma incompleta, inexacta o falsa, con un mínimo de 10.000€». Además, se aplicará la misma cantidad «en el caso de incumplimiento de la obligación de informar sobre títulos, activos, valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero referidos a cada elemento patrimonial individualmente considerado según su clase, que hubiera debido incluirse en la declaración o hubieran sido aportados de forma incompleta, inexacta o falsa, con un mínimo de 10.000€».

 

Así pues la inclusión de la obligatoriedad de declarar las criptomonedas en España marca un antes y un después, se trata de punto de partida por parte de la Agencia Tributaria para luchar contra las posibles actuaciones ilícitas.