El contrato de alquiler blindado es una nueva forma de contrato garantizado o con garantía que ha surgido en los últimos años, pero que genera muchas dudas tanto en propietarios como inquilinos.

Los contratos blindados, al igual que ocurre con el resto de contratos de alquiler, tienen las cláusulas generales que aparecen en cualquier contrato ordinario, además de unas cláusulas específicas que amplían la protección del propietario.

Los contratos blindados no son una novedad, ya que es una opción utilizada por algunos directivos de grandes empresas o bancos para protegerse en caso de despido. La aplicación del contrato blindado a los alquileres supone una forma de protección del propietario mayor de la que disfrutaba antes de la aparición de esta modalidad contractual.

Características del contrato de alquiler blindado

La diferencia principal de los contratos de alquiler blindado con el resto de contratos de alquiler ordinarios es que cuentan con una serie de cláusulas que protegen al arrendador en caso de que el inquilino deje de pagar o por cualquier otro  problema de tipo legal.

Con los contratos de alquiler blindados se evita tener que acudir a la vía judicial en caso de conflicto ya que será un árbitro quien dicte la sentencia en un intervalo de tiempo de unos 25 a 30 días frente a los varios meses de media que tarda un tribunal convencional.

El contrato de alquiler blindado viene normalmente garantizado por empresas profesionales, a las que el propietario paga una cantidad económica para blindar el contrato y a las que debe acudir en caso de problemas con el inquilino.

Las cláusulas que normalmente se suelen incluir son:

  • Desalojo de la vivienda en días, sin necesidad de acudir a la vía judicial ordinaria.
  • Embargo de las cuentas bancarias del inquilino en caso de impago.
  • Impedimento de salida del país.