Las acciones sin voto son un tipo de acción que limitan al suscriptor la participación en la gestión de la empresa, ya que no poseen derecho a voto en las Juntas Generales de la empresa, ni tampoco pueden impugnar ningún acuerdo al que haya llegado la empresa.

Sin embargo, el suscriptor de las acciones sin derecho a voto puede disfrutar de todos los beneficios de carácter económico que posee la acción, como por ejemplo el cobro de los dividendos anuales, fijos o variables, que genere la empresa para todos los accionistas y que se establezcan en los estatutos sociales.

Las acciones sin voto no pueden superar un valor nominal superior al 50% del capital social desembolsado. Además, si la sociedad no paga el dividendo mínimo establecido para esas acciones, deberá pagarlo en los años siguientes y, mientras tanto, el suscriptor de esas acciones recuperará el derecho a voto.